Ir al contenido

Carta enviada al Ministro de Gobierno, Justicia y Trabajo de Formosa

  • por

Buenos Aires, 18 de enero de 2011

Dr. Jorge Abel González

Ministro de Gobierno, Justicia y Trabajo

Provincia de Formosa

S______________/________________D

Tenemos el agrado de dirigirnos a Usted en respuesta a la carta que enviara a diversos académicos de nuestro país, con el objetivo de esclarecer algunos puntos sobre el conflicto territorial de la Comunidad toba (qom) La Primavera. Deseamos informarle que numerosos investigadores del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) y docentes de diversas Universidades nacionales venimos efectuando desde hace ya varias décadas nuestros trabajos de investigación científica en Formosa y que, por lo tanto, la información de la que disponemos es fruto de un conocimiento en profundidad y de larga data de la situación general que viven los Pueblos Indígenas en la provincia. Los resultados de estas investigaciones se encuentran a disposición tanto de ustedes como de la opinión pública en general, pues han sido publicados en numerosas revistas académicas así como en libros y otras publicaciones de difusión general.

Con respecto al conflicto territorial de La Primavera, hemos constatado que en 1940 se destinaron, mediante Decreto Nacional, las leguas A y B de la sección III de la Colonia Laguna Blanca a los indígenas que, según el decreto, habían delegado el poder en el cacique Trifón Sanabria. En la actualidad, sin embargo, una parte de dicha superficie se encuentra ocupada por la familia Celia y, otra -que corresponde a 609 has.- está en manos del gobierno provincial que aspira a instalar allí una sede de la Universidad de Formosa. Cabe aclarar que dicha familia sólo posee como documentación una solicitud de arrendamiento. En lo que respecta al proceso de mensura previo a la entrega del título comunitario, hemos leído en la solicitada que Usted publicó el 30 de noviembre de 2010 en el Diario Formosa, Diario de Todos que en el año 1981 se dejaron por fuera de dicha mensura las tierras ocupadas por la familia Celia “compensándose a la comunidad de La Primavera con fracciones de tierra al norte y al sur”. Dado que nuestras investigaciones así lo confirman, nos permitimos expresarle que esta información adolece de una importante inexactitud dado que la “fracción norte” a la que se refiere en la nota formaba parte del Parque Nacional Río Pilcomayo desde el año 1951, año en el que se creó dicho Parque. Por lo tanto, es evidente que se trataba de una fracción de tierra de jurisdicción nacional de la cual la provincia no podía disponer. De los datos vertidos, se desprende que el título comunitario que la provincia de Formosa otorgó a La Primavera es resultado de un proceso que desfavoreció a la mencionada comunidad indígena e implicó una superposición de mensuras entre el estado provincial y el nacional.

Por otra parte, el tema de la representatividad del Señor Félix Díaz constituye una preocupación para los funcionarios públicos de la provincia ya que, según aclara en su carta, el Sr. Díaz no representa más que a un “pequeño grupo de personas”. Sobre la legitimidad de tal representatividad, le informamos que el 18 de junio de 2008 el Sr. Díaz obtuvo un total de 375 votos en la asamblea que lo designó como Presidente de la Asociación Civil de la comunidad, en contraste con los 15 votos recibidos por el Sr. Raúl Garcete. En oposición a toda la normativa indígena, la provincia anuló sorprendentemente dicha elección. Si bien también reconocemos que existen otras personas dentro de esta comunidad, las cuales han intentado erigirse en representantes de la misma, nos parece pertinente destacar que los medios para obtener tal representatividad no han sido siempre los de la votación en asamblea, sino, para dar algunos ejemplos, el ser designados como empleados de instituciones estatales (como es el caso del I.C.A.) y, muchas veces simultáneamente, como representantes de estructuras partidarias (en especial, del Partido Justicialista provincial). Así, consideramos que el reconocimiento del libre juego democrático debería extenderse a las comunidades indígenas, aceptando la co-existencia en ellas de diferentes lideres, tanto de aquellos que han sido promovidos como tales con el apoyo de instituciones que hasta hoy son dirigidas por representantes de la población criolla (como sucede con los partidos políticos e instituciones estatales mencionadas), como de aquellos que emanan de la voluntad popular expresada en la asamblea efectuada por los miembros de una comunidad indígena. 

Asimismo, deseamos enumerar algunas de las situaciones preocupantes acaecidas en La Primavera que, hasta el momento, no han sido esclarecidas por el gobierno provincial y que, en nombre de la Comunidad Académica, solicitamos lo sean prontamente:

Primero, la represión llevada a cabo por la policía provincial, bajo las órdenes del Comisario Muñiz, contra los manifestantes indígenas que demandaban el cumplimiento de sus derechos sobre una ruta en la que la provincia de Formosa no tiene jurisdicción dado que es Ruta Nacional.

Segundo, la detención de personas menores de edad en la Comisaría de Laguna Blanca en condiciones deplorables.

Tercero, el proceder irregular de las fuerzas de seguridad estatal, dado que los actos de violencia no fueron perpetrados exclusivamente por éstas, sino también por integrantes de la familia Celia, quienes dispararan al señor Díaz frente al Comisario Caje y sus Oficiales.

Cuarto, el desacato de las autoridades provinciales de la medida cautelar de no innovar que solicita a las fuerzas policiales abstenerse de realizar cualquier acto de intimidación contra los miembros de la comunidad qom.

Finalmente, la violación de los derechos de los Pueblos Indígenas contemplados en normativas jurídicas nacionales e internacionales y, particularmente, en la Ley Nacional 26.160 de Emergencia de la Propiedad Comunitaria Indígena prorrogada mediante Ley Nacional 26.554, que ordena la suspensión de los desalojos a comunidades indígenas de las tierras que tradicionalmente ocupan.

Confiamos en que los hechos lamentables ocurridos el 23 de noviembre 2010 en La Primavera serán investigados con rigurosidad por la justicia provincial. Asimismo, en relación con la protección de los miembros de la mencionada comunidad, solicitamos al señor Ministro tome medidas ante la circulación permanente en el territorio indígena de vehículos sin patente; situación que no se condice con el actual régimen democrático.

Contamos con información fidedigna y de primera mano que nos permite asegurar que las agresiones físicas, los accidentes fatales y las amenazas de desalojo no han tenido lugar exclusivamente en La Primavera. Diversas comunidades de la provincia vienen denunciando, desde hace años, atropellos y violaciones sistemáticas a sus derechos así como a las garantías constitucionales. Para citar dos casos recientes, llamamos la atención sobre hechos ocurridos a finales del 2010 que nos han conmocionado: el asesinato del líder pilagá Mario López de la comunidad ubicada en Estanislao del Campo (atropellado por un automóvil en la ruta 81) y el intento de homicidio del líder toba Carlos López de la Comunidad 503. Sumado a estos atropellos individuales, tenemos conocimiento de que la Comunidad 503 ha recibido en el mes de noviembre 2010 una orden de desalojo emitida por el Juzgado de Instrucción y Correccional Nº 3 de Las Lomitas (orden que compete al lote 16 de la Colonia Coronel Dorrego, en donde la comunidad se encuentra ubicada) y que la Comunidad Santo Domingo viene sufriendo desde hace años quemas de casas y amenazas por parte de criollos de la zona que acusan a los indígenas de “usurpadores” de las tierras que ellos tradicionalmente ocupan, ante la indiferencia del gobierno provincial.

Si bien reconocemos la actuación pionera de la provincia iniciada en 1985 en lo que concierne a la restitución y titulación de tierras a comunidades indígenas, tomando en consideración los avances en materia jurídica relativa a los derechos de los Pueblos Indígenas y, en particular, los derechos territoriales, consideramos necesario que la provincia revise y actualice su política indigenista. En ese sentido, manifestamos nuestra preocupación por el Convenio Marco firmado entre el Instituto de Comunidades Aborígenes (ICA) y el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) debido, entre otras cosas, a las irregularidades en lo concerniente a la consulta previa, libre e informada a las comunidades indígenas tal como reglamenta dicha ley. Al respecto, diversas organizaciones indígenas (el Consejo de Comunidades Originarias, la Federación Pilagá, la Federación de Tobas del Oeste, la Federación Interwichi y el Consejo Intercultural Indígena del Oeste) manifestaron su disconformidad respecto al mencionado Convenio Marco en el acta confeccionada durante la Asamblea celebrada el 16 de octubre de 2010 en la comunidad Ensanche Norte (Ibarreta).

Asimismo, si bien descontamos el compromiso de la provincia de procurar el respeto de los derechos de toda su ciudadanía –incluidos entre los mismos aquellos que atañen particularmente a los Pueblos Indígenas-, como investigadores y docentes del Estado argentino que trabajamos con comunidades indígenas manifestamos nuestra preocupación respecto de algunos de los puntos que Usted menciona en su carta. Desde hace años venimos observando la falta de Maestros Especiales de Modalidad Aborigen (MEMA) en la mayoría de las escuelas locales, la ausencia de establecimientos de formación para dichos docentes y, en algunas escuelas que sí cuentan con éstos, la asignación de tareas de maestranza en lugar de tareas didácticas. Con respecto al área de salud, nos preocupa profundamente observar que muchas de las salas de primeros auxilios que se encuentran en las comunidades no cuentan con medicamentos suficientes, ni con agentes sanitarios indígenas, ni con asistencia médica regular. Particularmente en el 2010 nos sorprendió que en algunas comunidades se estuviera vacunando a toda la población contra la gripe A pero que no se hubieran fumigado los hogares contra el Mal de Chagas desde noviembre del 2008. A su vez, la alta tasa de mortalidad infantil y materna que observamos y registramos en las comunidades indígenas, en contraste con la información provista por las estadísticas oficiales, constituye otras de nuestras preocupaciones.

Finalmente, nos preocupa especialmente la situación económico-social de las comunidades, pues si bien reconocemos que a lo largo de los años el estado provincial en conjunción con el nacional ha efectuado importantes obras públicas en varias comunidades (como viviendas, centros de integración comunitaria y las escuelas que Usted menciona) y ha acrecentado la política de cobertura social a través de planes asistenciales y pensiones, han sido muy escasas, en cambio, las políticas de apoyo a las actividades productivas propias de la región o a otras nuevas que pudieran implementarse, por ejemplo, en las áreas de agricultura, cría de animales, producción de frutales, elaboración de artesanías, etc. Consideramos que en muchas comunidades esta situación ha contribuido a reproducir situaciones de pobreza estructural así como una fuerte dependencia de las políticas asistenciales gubernamentales -las cuales a veces se convierten en uno de los pocos medios de obtención de recursos para las familias indígenas-, siendo ésta una dependencia que, como todos sabemos, no siempre ha interferido favorablemente en el libre ejercicio de la vida democrática. Asimismo, esta situación ha dejado a muchos trabajadores y trabajadoras indígenas en una situación de extrema vulnerabilidad frente al mercado, pues las escasas oportunidades laborales a las que acceden implican condiciones de suma explotación, e incluso a veces, ilegalidad (como sucede en ciertos trabajos temporarios en cosechas o en talleres textiles y empaquetadoras de verdura del Gran Buenos Aires, a los que tobas del este han migrado a trabajar); o en otros casos, llevan al deterioro ambiental de sus territorios (como en el avance de los pooles sojeros sobre territorios de las comunidades).

Dado que fuimos observando inexactitudes en la información provista por el gobierno provincial, omisiones y descuidos sistemáticos, las Instituciones abajo firmantes nos hemos comprometido con la doble tarea de efectuar un seguimiento minucioso de los avances de la investigación judicial y, a su vez, proveer información a la opinión pública nacional e internacional sobre los hechos de violencia, persecución e intentos de desalojo que están padeciendo algunas de las comunidades indígenas formoseñas así como la preocupante situación económico-social en la que se encuentran.

Por otra parte, tomando en consideración el compromiso del gobierno de la provincia para mejorar la calidad de vida de los pueblos, comunidades y personas indígenas, ofrecemos nuestros conocimientos y experiencias de investigación para lograr conjuntamente que los mencionados no sólo gocen de los mismos derechos que el resto de los ciudadanos, sino que también sean respetados sus derechos particulares.

Sin otro particular, lo saludan atentamente investigadores y docentes de las siguientes instituciones:

Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH)

Cátedra de PPOO de la Facultad de Derecho (UBA)

Colegio de Graduados en Antropología de la República Argentina (CGA)

Comisión Directiva de la Asociación Argentina de Arqueólogos Profesionales (AAPRA)

Coordinación Área Social Ley 26.160 (Provincia de Río Negro)

Docentes, investigadores y docentes-investigadores de las Facultades de Ciencias Exactas e Ingeniería de la UNLP, nucleados en el Espacio Varsavsky (Trabajadores de la Ciencia y la Educación Movilizados)

Facultad de Ciencias Sociales. Universidad Nacional del Centro de la provincia de Buenos Aires

Grupo de Estudios en Aboriginalidad, Provincias y Nación (GEAPRONA, UBA-UNRN)

Grupo de Estudios Rurales, Instituto de Investigaciones Gino Germani (IIGG-UBA)

Grupo de Investigación PIRKA – Políticas, Culturas y Artes de Hacer

San Fernando del Valle de Catamarca, Argentina

Grupo de Tradiciones Indígenas del Master de la Universidad Real de Barcelona

Instituto de Ciencias Antropológicas, FFyL (UBA)

Inst. de Inv. en Diversidad Cultural y Procesos de Cambio, Universidad Nacional de Río Negro (UNRN)

Jóvenes Científicos Precarizados (JCP)

Laboratorio de Investigaciones en Antropología Social (LIAS, UNLP)

Observatorio de los Derechos de los Pueblos Indigenas y Campesinos de la Facultad de Ciencias Sociales (UNICEN)

Otros Bicentenarios. Prog. Permanente de Extensión, Inv. y Desarrollo en Comunidades Indígenas, FFyL (UBA)

Red de Investigadores en Genocidio y Política Indígena

Sección de Etnohistoria, Instituto de Ciencias Antropológicas, FFyL (UBA)

Sección de Etnología y Etnografía, Instituto de Ciencias Antropológicas, FFyL (UBA)

SEMINARIO DE LECTURA DEL GRUPO de ECOLOGIA POLITICA COMUNIDADES Y DERECHOS – Facultad de Ciencias Sociales (UBA)

Seminario Permanente de Estudios Chaqueños (SPECH)

Sociedad Argentina de Antropología (SAA)